Los seguros de subsidio por enfermedad o accidente suponen un apoyo económico cuando por determinados problemas de salud la persona queda incapacitada para trabajar temporalmente.

 

Se trata de un complemento a la prestación que recibes por parte de la Seguridad Social en caso de sufrir una Invalidez Temporal. Es decir, estar asegurado supone contar con una póliza que te permita proteger tu capital y mantener el mismo nivel de vida que se desea.

Es un seguro dirigido principalmente a los autónomos, aunque los trabajadores que están en el régimen general de la seguridad social también pueden contratarlo. No obstante, es importante saber que la mayoría de las compañías limitan el importe diario o incluyen una franquicia para este tipo de trabajadores.

 

Modalidades en Seguros de Baja Laboral

 

Sin Baremo o por días de baja

 

Podemos diferenciar los seguros de incapacidad laboral temporal en dos tipos: sin baremo o con baremo. Según la opción, cubrirán la baja conforme a los días que dure o en función del tipo de incapacidad que haya sufrido el asegurado:

● Sin baremo: con una contratación no baremada no limitarás tu indemnización a un número de días determinados por la compañía según el motivo de la incapacidad, es decir, cobrarías tantos días como tiempo dure la baja.
● Con baremo: el número de días de indemnización estará determinado en función del tipo de patología por la que el autónomo coge la baja. Las condiciones de un seguro con baremo se especifican siempre antes de formalizar la contratación.

 

Con o sin franquicia

 

Tener un seguro con o sin franquicia determinarán si el asegurado cobrará el capital que espera desde el primer día o, por el contrario, solo cubre pasados unos días si el asegurado continúa incapacitado. Es esencial reflexionar sobre cuál de las dos modalidades contratar:

● Sin franquicia: recibirás desde el primer día que estés de baja. Por tanto, tu incapacidad quedará cubierta en su totalidad.
● Con franquicia: empezarás a recibir tu indemnización pasados unos días desde que te diste de baja. Es decir, los primeros días no estarían cubiertos.