SAFE BAG Insurance Policies

BLM Seguros

Condiciones del Seguro SAFE BAG

Extracto de las Coberturas y las Condiciones Generales de la misma:

Equipaje: maletas, bolsos, mochilas, estuches o cualquier contenedor tratado con el sistema SAFE BAG.

Inicio y termino de la cobertura: desde el momento en que el equipaje ha sido tratado con el sistema SAFE BAG y realizadas las operaciones de “Check in”/ facturación hasta el momento de su retirada en el aeropuerto de destino.

Indemnización: La cantidad que la empresa indemnizara al beneficiario en caso de pérdida total o parcial del equipaje, robo o daños causados al mismo.

Las sumas aseguradas son:

Perdida total en vuelos nacionales o internacionales hasta una suma máxima de 3.000 €

Daños al equipaje hasta una suma máxima de 1.200 €

La presente cobertura queda sujeta a las siguientes condiciones:

La aerolínea haya indemnizado al beneficiario por los daños o pérdida al equipaje facturado.

La indemnización se realizara en exceso de la cantidad indemnizada por la Cía Aérea y con los límites fijados en el apartado anterior.

Si la indemnización realizada por la Cía. Aérea fuera superior a esos límites no corresponderá indemnización ninguna por parte de este contrato.

El viajero tendrá derecho a una sola indemnización por unidad de equipaje y viaje.

La indemnización no se realiza en base al valor comercial o de afección del objeto dañado o extraviado sino en base a los términos anteriormente mencionados.

Instrucciones en caso de pérdida o daño del Equipaje facturado:

1.- Previo a abandonar la zona de entrega de equipaje dentro del Aeropuerto de destino, es necesario que el Beneficiario se dirija hacia el mostrador de la Compañía Aérea para completar el impreso P.I.R. (Parte de Irregularidad de Equipaje), en el cual debe constar que el equipaje extraviado o dañado ha sido tratado con el sistema SAFE BAG.

2.- Una vez completado el impreso P.I.R., el pasajero deberá efectuar la denuncia correspondiente a la Compañía Aérea, a la cual solicitará el primer resarcimiento en caso de daño o extravío del equipaje.

3.- Tras la reclamación a la Compañía Aérea, el pasajero deberá comunicar de inmediato la pérdida o daño del equipaje a SAFE BAG a través de cualquier medio disponible en el presente documento (teléfono, fax, e-mail, página web, correo postal) y nunca mas tarde de los siete días siguientes de su llegada al Aeropuerto de destino para perdidas parciales y daños al equipaje y dos años para desaparición o perdida del mismo. Si el Beneficiario no reclama a la Compañía Aérea y/o no avisa a SAFE BAG ESPAÑA S.A., en el plazo mencionado, SAFE BAG ESPAÑA y/o ROYAL & SUN ALLIANCE INSUTRANCE PLC SUCURSAL ESPAÑA no serán responsable del pago de ningún tipo de indemnización.

4.- El pago de la indemnización estará sujeto a la entrega de los siguientes documentos:

Ticket de compra, que acredite la contratación con SAFE BAG ESPAÑA.

Código de identificación del equipaje emitido por SAFE BAG ESPAÑA.

Original o copia del billete aéreo o tarjeta de embarque (Boarding Pass).

Declaración por escrito a la Compañía Aérea detallando la pérdida o daños al equipaje facturado durante el transporte en línea regular (impreso P.I.R.).

Recibo original del pago de la indemnización correspondiente por parte de la Compañía Aérea.

A falta de cualquiera de los anteriores documentos, el pasajero perderá su derecho a reclamar indemnización alguna bajo la presente póliza.

5.- Los embalajes como baúles, valijas, sombrereras, etc., que contengan los efectos asegurados solo se encontraran cubiertos contra daños producidos por fuerza mayor y perdida total.

6.- Quedan expresamente excluidos los equipajes y bultos que contengan dinero, billetes de banco, obligaciones o valores, instrumentos musicales, equipos de golf, tablas de surf, equipos de buceo, paracaidismo, esquíes y/o similares.

7.- Se encuentra excluido el resarcimiento por pérdida o daño del equipaje de mano, equipaje no declarado y no entregado a la Compañía Aérea y en aquellos casos en los que la Compañía Aérea no reconozca, por cualquier causa, la propia responsabilidad.

8.- Se encuentran asimismo excluidos los gastos soportados por compras de bienes de primera necesidad, la estancia en el lugar y/o cualquier otro gasto o molestia que derive de la pérdida o daño del equipaje.

9.- Si los objetos asegurados estuvieran cubiertos por otras pólizas de seguro esta póliza solo entrar en funcionamiento después de hacerlos las otras y en exceso de las mismas hasta la cantidad máxima fijada en la misma.

10.- Si una vez aparecido el equipaje facturado perdido, se apreciaran daños en el mismo, el Beneficiario deberá solicitar a la Compañía Aérea un nuevo impreso P.I.R. y notificar a SAFE BAG ESPAÑA con el fin de aperturar un nuevo siniestro.

11.- La Aseguradora no estará obligada a indemnizar bajo la presente Póliza si el Beneficiario hace una declaración falsa, especialmente en caso de siniestro, o si utiliza como justificantes de su reclamación medios dolosos o documentos falsos.